QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 100 NUMERAL 3) INCISO H) DE LA LEY Nº 6.380/2019 "DE MODERNIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL".
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1. Modificase el Artículo 100 numeral 3) inciso h) de la Ley Nº 6.380/2019 "DE MODERNIZACIÓN Y SIMPLIFICACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL", que queda redactado como sigue:
"Art. 100.- Exoneraciones.
1.Estarán exoneradas del presente impuesto:Las enajenaciones de:
a.Moneda extranjera y valores públicos y privados, incluida la enajenación de acciones o cuotas partes de sociedades.
b.Cesión de créditos.
c. Bienes de capital producidos por fabricantes nacionales, de aplicación directa en el ciclo productivo o agropecuario, por los inversionistas que se encuentran amparados por la Ley Nº 60/1990.
d.Libros y periódicos, publicados en papel o por medio electrónico.
e.Revistas catalogadas de interés educativo, cultural o científico.
f.Computadoras portátiles y sus suministros destinados a programas para dotar gratuitamente a los niños, niñas y adolescentes de estas herramientas tecnológicas. Esta exoneración se extenderá, igualmente, a la entrega gratuita al beneficiario final de estos bienes.
g.Bienes donados a las fundaciones, asociaciones y demás entidades sin fines de lucro que se dediquen a la educación inicial y preescolar, escolar básica, media, técnica, terciaria y universitaria, reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencias o por ley; asimismo los ...